martes, 29 de septiembre de 2009

Cuántas veces tendremos que demostrar que nuestras familias son normales?

Un nuevo estudio avala que las familias homoparentales no son una “barbaridad”

Según un estudio de la East Carolina University, la orientación sexual de quien adopta no tiene impacto sobre el desarrollo emocional de sus hijos

[29/09/09] Un estudio dado a conocer por la profesora de trabajo social de la East Carolina University, Paige Averett, revela que la orientación sexual de las y los progenitores adoptivos, heterosexual u homosexual no afecta el desarrollo emocional de sus menores. Pese a que no es un dato novedoso, la FELGTB quiere destacarlo porque una parte de la sociedad española y sus políticos sigue sin entender que las familias homoparentales no son una “barbaridad”, tal y como dijo Javier Arenas al referirse al vídeo de la Junta de Andalucía que promociona la igualdad de todos los tipos de familias, también las formadas por dos padres o dos madres.

Esta investigación destaca que si los progenitores estaban satisfechos con el proceso de adopción, tenían ingresos estables y una familia afectivamente sana, el riesgo de problemas emocionales anteriores a la adopción, que en principio sí afectan al desarrollo de los menores, se reducía.

Averett, Blace Nalavany, también de la East Carolina University, y Scott Ryan, decano de la Escuela de Trabajo Social de la University of Texas, consultaron a casi 1.400 parejas estadounidenses, incluidas 155 de padres o madres homosexuales.

Según Luisa Notario, responsable de familias de la FELGTB, “este estudio viene a avalar una vez más nuestra capacidad para educar y criar niños y niñas, algo que venimos defendiendo desde hace tantos años y aún unos pocos se atreven a poner en tela de juicio”.

“Las políticas de adopción en la mayoría de los países impide la posibilidad de adoptar a parejas homosexuales, sólo esperamos que los resultados de este tipo de estudios les ayude a superar su homofobia y pensar en el bienestar de tantos niños y niñas que esperan poder ser adoptados”, añadió Antonio Poveda, presidente de la FELGTB.

5 comentarios:

9000 dijo...

Hola Luisa. Te cuento este caso por si no lo conoces. Como sabes, el 1 de enero tuve una niña. Solicité a Hacienda el abono anticipado de las deducciones del IRPF por maternidad y por nacimiento o adopción. Para entendernos, estoy hablando de la paga de 100€ mensuales que nos dan a las madres trabajadoras hasta que la niña cumple 3 años. Para poder cobrarla es necesario ser trabajadora en activo, y como en julio solicité una excedencia por cuidado de hija hasta final de año, ese mes dejaron de ingresarme los 100€, lo cual es correcto. Pero después de darle vueltas, decidimos probar a que lo solicitara mi mujer. Si fuera mi marido, no podría cobrarlo (salvo que se quedara viudo) porque sólo se lo dan a las madres trabajadoras. Pero mi mujer sí reúne los requisitos: es mujer, es madre, y es trabajadora en activo. La normativa dice que en caso de adopción por parejas del mismo sexo, ambas personas se pondrán de acuerdo sobre quién cobra la prestación. Pero ése no es tampoco nuestro caso, porque la cría no es adoptada, cargué 9 meses con el bombo. Es decir, una vez más estamos ante un vacío legal sobre cómo actuar en el caso de matrimonio de dos señoras. En la solicitud se puede escribir el DNI de la persona que anteriormente percibía los 100€, si procede, y hemos puesto el mío, para que no haya trampa ni cartón.
Lo solicitamos a mediados de septiembre, pero aún no nos han contestado. Cuando tengamos la resolución de Hacienda te cuento el final de la historia.
Saludos.

Luisa Notario Villanueva dijo...

Perfecto, gracias por compartirlo. Ya me dirás. Son vacíos que existen y que tendremos que ir solucionando.
Un abrazo

9000 dijo...

Hola de nuevo. Hoy por fin nos han mandado la respuesta: le deniegan los 100€ a mi mujer "por no cumplir los requisitos del artículo 81". Estos requisitos son ser mujer, trabajar por cuenta propia o ajena y que la cría tenga menos de 3 años. Nos podrían haber denegado el abono por algún otro motivo, pero desde luego no por no cumplir los requisitos del artículo 81. Suponemos que la razón real es que no es la madre biológica, pero esto no lo dicen. Así que vamos a recurrirlo, a ver qué pasa. Ya te contaré.

Saludos.

9000 dijo...

Hola Luisa. Otra vez lo han denegado, pero esta vez el motivo es aún más estúpido: ahora dicen que la que no cumple los requisitos es mi hija. Eso es imposible: a mí sí me concedieron los 100€, luego mi hija sí cumple requisitos; y si los cumple conmigo los cumple también con mi mujer, pues ambas somos sus madres en igualdad de condiciones.
A puntito hemos estado de dejarlo por aburrimiento, pero al final seguimos, hemos presentado otro recurso. No servirá de nada, pero por nosotras que no quede.

Un cordial saludo.

Luisa Notario Villanueva dijo...

ya me cuentas cómo acaba el tema. conozco casos de que lo haya solicitado la madre no gestante, pero ninguno que lo hayan solicitado las dos y lo hayan conseguido.

ya me dices, me interesa el tema.